Roitel Abogados | Gestión de impagados | Reclamación de deudas

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GESTIÓN DE JUDICIAL DE DEUDAS A PARTIR DE 250.000.-€ 


En caso de resultar infructuosas las gestiones extra judiciales, les remitiremos vía mail un breve informe sobre los costes de proceder con la vía judicial, así como de las expectativas reales de poder cobrar el expediente iniciando la vía judicial.

Roitel Abogados con un sistema de remuneración, basado en gran parte en el éxito alcanzado en cada reclamación, le ofrece la posibilidad de interponer la demanda judicial de reclamación de cantidad, sufragando unos gastos iníciales mínimos. La reclamación judicial dependiendo de cómo este documentada la deuda, se sustanciará por los trámites del procedimiento ordinario o cambiario. 

JUICIO ORDINARIO

En los casos que el importe de lo reclamado exceda de 3.000 € y siempre sea cual sea la cuantía las contenidas en el Art. 249 de la LEC.

Una vez presentada la demanda se le concede un plazo de 20 días al demandado para que presente su contestación o la reconvención en su caso. Una vez presentada la pertinente contestación se cita a las partes para una Audiencia Previa en la que se podrán solicitar según lo establecido en la LEC nuevas pruebas, así como los testigos para el juicio.

Finalmente se celebrará el juicio donde se practicaran las pruebas admitidas, se procederá al interrogatorio de los testigos y a las conclusiones finales de las partes. Una vez terminado el juicio se deberá dictar sentencia en un plazo de 20 días. Indicar que en la legislación española las sentencias se pueden ejecutar y no es necesario esperar a que se resuelva un posible recurso presentado por la otra parte, por lo que una vez establecida la sentencia su ejecución es inmediata, aunque con carácter provisional.

JUICIO CAMBIARIO

Si la deuda reclamada es por causa de una letra, pagaré o cheque impagados se deberá acudir al JUICIO CAMBIARIO donde se requerirá al deudor para que pague en el plazo de 10 días y a su vez se ordena el embargo preventivo inmediato de los bienes del deudor por la cantidad adeudada. Si no contesta o se allana se dicta resolución de inmediato que es ejecutiva. Si se opone, continúa la tramitación por el juicio verbal. Una vez sustanciado los anteriores procedimientos por todos sus trámites y una vez obtenida la sentencia favorable o el título ejecutivo, Roitel abogados interpondrá la correspondiente demanda ejecutiva, siguiendo el procedimiento de ejecución por todos sus trámites hasta recibir el pago de la deuda.  
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